DESHACIENDO BULOS TRÁNSFOBOS 

ATA - Sylvia Rivera • 17 de febrero de 2020

Documento elaborado por Radfem Transinclusivo. Aviso de contenido: transfobia y transmisoginia.

TABLA DE CONTENIDOS

Introducción

1. Consideración de las personas trans como sujetos en riesgo de exclusión social.

2. Cuota de reserva de puestos de trabajo. 3. Paridad.

4. Violencia de género.

5. Prisiones.

6. Deporte femenino.

7. Uso de baños y vestuarios de mujeres.

8. Deshaciendo el comunicado del Partido Feminista y otras desinformaciones sobre menores trans.

Conclusión

Introducción

El objetivo del presente documento es desmontar, desmentir y básicamente DESHACER, argumentos cimentados en casos anecdóticos, fake news y textos descontextualizados que pretenden disfrazar la injustificada e injustificable transfobia de un sector del feminismo, que aún siendo minoritario y no representativo del mismo, cuenta con un gran altavoz mediático.

Dada la escasa y en ocasiones nula rigurosidad con la que ciertos medios difunden estas desinformaciones, lastrando así la lucha feminista, nos vemos obligadas a

DESHACER todo lo que tales medios están permitiendo edificar en base a NADA y a realizar una importante inversión en tiempo y esfuerzo que debería emplearse en los verdaderos problemas que enfrentamos TODAS las mujeres actualmente en España.

Comenzamos:

Deshaciendo este artículo y este otro :

Se han escogido estos dos artículos (pertenecientes a una misma serie titulada "Quince motivos para oponernos a la ley trans que el Gobierno quiere aprobar" -pendiente de conclusión-), al considerarlos altamente representativos en cuanto a los "argumentos" que un sector del feminismo radical, tristemente trans-excluyente, maneja habitualmente para cerrar la puerta del movimiento feminista a las compañeras trans, arrogándose así una portavocía de la que carece y tratando de apropiarse del movimiento feminista. En consecuencia, el primer bulo, del que nacen todas las demás argumentaciones (manipuladas cuando no directamente falsas) es pretender que hay una preocupación real en el seno del movimiento feminista en relación con la Proposición de Ley Trans.

Se identificarán en color ocre los extractos de dichos artículos.

1. Consideración de las personas trans como sujetos en riesgo de exclusión social.

“Esto quiere decir que la concesión de ayudas económicas va a depender de la mera declaración del sexo sentido, sin necesidad de hormonarse, operarse ni absolutamente ningún requisito ni control externo (médico o jurídico). No hace falta especular mucho para darse cuenta de que esto abre la puerta al fraude.”

ES UN BULO PORQUE las personas trans ya tienen consideración de “colectivo en riesgo de exclusión social” entre muchos otros colectivos (personas sin hogar, personas con discapacidad, personas mayores, personas en situación de dependencia, personas inmigrantes y personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, mujeres víctimas de violencia de género, población gitana, personas víctimas de discriminación por origen racial o étnico, orientación sexual e identidad de género , personas con problemas de adicción -drogas, alcohol, juego, etc.-, personas reclusas o exreclusas (*1) ) siendo el colectivo al que menos presupuestos se derivan (página 119 del mismo Plan de Acción).))

Esta consideración no tiene nada que ver con la percepción de ayudas económicas, sino más bien con el estudio de su situación general ( “impulsar la realización de informes y estudios que identifiquen la orientación sexual e identidad de género como elementos relacionados con la discriminación, la exclusión social y la pobreza.” Página 108 del mismo Plan Nacional), la implantación de programas de sensibilización y/o la elaboración de planes o acuerdos con entidades e instituciones de acción social para, digámoslo claro, poner tiritas a situaciones extremas, entre otras medidas de mínimos.

Los requisitos para beneficiarse de ayudas económicas no tienen nada que ver con pertenecer a un colectivo considerado en riesgo de exclusión social de los anteriormente citados. Así pues, cuando se dice que “sería recomendable que solo fuesen consideradas “personas en riesgo de exclusión social” aquellos que realmente estén en riesgo de exclusión social” realmente se está hablando de algo que ya sucede con todas las personas, pertenezcan o no a un colectivo considerado en riesgo de exclusión social incluso en lo relativo a la inserción laboral como veremos a continuación.

Según la Ley 43/2006,de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, se debe acreditar dicha situación individualmente ante los Servicios Sociales (*2) en base a factores socioeconómicos:

“Artículo 2.2: La situación de exclusión de las personas pertenecientes a los colectivos a los que se hace referencia en el apartado 1, deberá ser acreditada por los Servicios Sociales Públicos competentes.”

Uno de esos colectivos del apartado 1 del artículo 2 es:

“a) Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción RAI o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.”

La acreditación de esta situación “ requiere de un largo proceso burocrático, que difiere mucho según los territorios y, en algunos, es una carrera humillante de obstáculos para las familias. En la mayoría de las comunidades autónomas percibir la renta mínima sigue siendo incompatible con tener un empleo, aunque éste sea temporal, estacional o a tiempo parcial.” (*3).

Para percibir la Renta Mínima de Inserción RAI se deberá acreditar una de estas situaciones: personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad, personas emigrantes retornadas, víctimas de violencia de género o de violencia doméstica, y además los requisitos socioeconómicos exigidos. (*4)

En resumen: que un colectivo sea considerado en riesgo de exclusión social no lleva aparejadas ayudas económicas por la pertenencia al mismo.

2. Cuota de reserva de puestos de trabajo.

“El único requisito para acceder a esta reserva es el cambio de sexo registral, que en la ley estatal propuesta dependerá de la mera declaración (sin necesidad de diagnóstico de disforia, hormonación ni ninguna otra exigencia).”

ES UN BULO PORQUE en la propia la Proposición de Ley (*5) que recurrentemente se demoniza y que, por cierto, ya ha caducado al disolverse las Cortes se especifica:

“Artículo 19. Cuota de reserva de puestos de trabajo para personas trans en el sector público.

1. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo de las vacantes para ser cubiertas entre personas trans, considerando como tales las definidas en el artículo 3 de la presente Ley, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su condición de trans. El porcentaje que representará este cupo se determinará en función de los estudios acerca de la población trans , y se establecerá una calendarización para alcanzar de forma progresiva dicho porcentaje.”

Los estudios a los que se hace mención son los que derivan de considerar a la población trans como colectivo en riesgo de exclusión social como hemos se explica en el punto anterior.

Además, en el mismo artículo:

“2. Se encuentran protegidas por el presente artículo las personas trans, mayores de 16 años de edad, que acrediten la modificación de la mención registral de su nombre y/o sexo en los términos dispuestos en la Ley 3/2007 y en la presente, siempre que superen los procesos selectivos.”

Este punto se repite en el artículo 20 de incentivo para la contratación de personas trans en el sector privado, por lo que es falso que dichos puestos reservados, tanto en el sector público como en el privado, dependan exclusivamente de la mera declaración, siendo preciso superar los procesos selectivos y acreditar la modificación registral del nombre y/o sexo en todo caso.

Además, según la Ley 43/2006,de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (*6) en la que se regulan las bonificaciones de los contratos que se celebren con trabajadores con discapacidad, personas que se encuentren en situación de exclusión social , víctimas de violencia de género o doméstica y víctimas del terrorismo:

“Artículo 2.5. Los empleadores que contraten indefinidamente a trabajadores en situación de exclusión social, incluidos en los colectivos relacionados en la disposición adicional segunda de esta Ley, y que tengan acreditada esta condición por los servicios sociales u órganos competentes , podrán acogerse a las bonificaciones mensuales de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado, de 50 euros/mes (600 euros/año) durante 4 años.”

Es decir, la condición de situación de exclusión social debe acreditarse individualmente . Por lo tanto, es falso que acreditar la pertenencia a un colectivo en dicha situación sea suficiente para beneficiarse de estas bonificaciones.

" ¿por qué las personas trans y no las madres solteras, las madres de familia numerosa o las madres en general?, ¿por qué las personas trans y no cualquier persona que tenga diagnóstico de una enfermedad crónica incapacitante?, ¿por qué las personas trans y no otras personas que sufran discriminación por “expresión de género” como las lesbianas “butch” o los gays con pluma?”

Estas preguntas malintencionadas son una f alacia de falso dilema a la que vamos a contestar con el argumento indiscutible de que LOS DERECHOS NO SON UNA TARTA. Es decir, se puede luchar para la mejora en las ayudas de todas las personas que las necesiten sin pretender quitárselas a unas para dárselas a otras que, según el criterio individual, las merezcan más.

3. Paridad.

“Los hombres que cambian de sexo legal a “mujeres” con la ley actual ya tienen derecho a acceder a las cuotas para mujeres o a ser contabilizadas como mujeres cuando se hagan recuentos de paridad. La nueva norma señala que cualquier excepción legal que existiese para las personas transexuales estaría menoscabando el derecho a la libre determinación de la identidad.”

Al margen (si es que se puede permanecer al margen de tamaña injusticia) del trato en masculino y la negación de la identidad de las mujeres trans que se reitera a lo largo de los artículos, lo cierto es que los términos dispuestos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (*7) para esos recuentos de paridad que se mencionan, merecerían un análisis aparte ya que no obligan a dicha paridad en el ámbito laboral del sector privado (en el que las actuaciones por la igualdad entre mujeres y hombres es voluntaria) y en el sector público se limita a la Administración General del Estado y a los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. Más que preocuparse de que las mujeres trans accedan a estas migajas, creemos que sería más útil proponer JUNTAS mejoras para estas irrisorias “obligaciones”.

“(...) las investigaciones apuntan a que la transición no modifica los hábitos masculinos en relación con las tareas domésticas.”

El enlace que se relaciona en esta frase lleva a la traducción de un artículo sin fuentes en la que no se mencionan estudios al respecto.

4. Violencia de género.

“(...) podría darse que un hombre que se identifica como mujer maltrate a su pareja mujer (podría darse que llevase maltratando a su novia desde años antes de pedir el cambio de sexo registral o de vestir “de mujer” de forma permanente). No parecería justo, en un caso como este, primar el derecho a la libre determinación del sexo sobre el derecho de las mujeres a ser protegidas frente a la violencia machista.

Sin embargo (ya con la legislación actual) una vez que cambia el sexo registral, se antepone legalmente el sexo registral al sexo biológico. Esto quiere decir que la agresión de un hombre que se identifica como mujer contra su novia se consideraría “violencia entre lesbianas” y, por tanto, violencia doméstica (y no violencia de género), dando lugar a una pena inferior y a menos garantías jurídicas para la víctima.”

ES UN BULO PORQUE se obvia el artículo 7.8 de la Proposición de Ley (*8):

“Artículo 7.8. La rectificación de la mención relativa al sexo registral y, en su caso, el cambio de nombre, no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a estas inscripciones.

Así pues, el maltrato físico o psicológico que se ejerciera antes del cambio de sexo o nombre registral, no quedaría fuera de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (abreviada como LIVG o VioGen).

A su vez, la figura jurídica de fraude de ley está amparada en nuestra legislación por el artículo 6.4 del Código Civil (*9 )y añadimos que no hay evidencia de que las leyes de reconocimiento de género sin requisitos patologizantes (informe médico y hormonación) hayan tenido aparejados mayores niveles de fraude de ley.

“En relación con la criminalidad, otro elemento que preocupa al feminismo es la alteración de las estadísticas: en los países en los que las estadísticas no tienen en cuenta la distinción entre mujeres transexuales y biológicas, se incrementan los delitos de pederastia, violaciones y crímenes violentos cometidos por “mujeres” (que en realidad son varones biológicos, que conservan el porcentaje y el patrón de criminalidad de los hombres).”


ES UN BULO PORQUE ya de entrada esta afirmación no enlaza a fuente alguna, por lo que no debería merecer siquiera el esfuerzo de ser desmentida. Aún así aportamos un caso real, el de Argentina, donde la ley no exige informes psicológicos ni hormonación para solicitar el cambio de sexo registral. Desde que se aprobó la Ley de Identidad de Género de Argentina (*10) en 2012, hasta febrero de 2020, han cambiado su género en el DNI 9.000 personas . Teniendo en cuenta que la población total de Argentina en 2010 era de 4 0.117.096 habitantes (y sin tener en cuenta el incremento demográfico de los últimos 10 años), esas 9.000 personas suponen el 0,02% de la población. En ocho años desde la entrada en vigor de la ley, sólo el 0,02% de la población ha conseguido el cambio de sexo registral tras solicitarlo sin requisitos legales más allá de su voluntad. Este porcentaje no puede cambiar las estadísticas de manera ni remotamente sustancial.

5. Prisiones.

“Hay estadísticas que señalan que el 48% de los varones identificados como trans (tanto los que ya tienen el cambio de sexo legal como los que transitan estando en prisión) lo son por delitos sexuales.”

ES UN BULO PORQUE no se aportan fuentes, aunque para colmo, hemos encontrado el desmentido que tuvo que adjuntar la BBC a dicha información después de publicarla:

“Una encuesta del gobierno ha contado a 125 prisioneros transgénero en Inglaterra y Gales, pero el Ministerio de Justicia dice que estas cifras aún no son un reflejo fiable de los números reales. El Ministerio de Justicia dice que 60 de ellos han sido condenados por uno o más delitos sexuales, pero no identificaron su género . Es probable que haya más reclusos trans, con sentencias más cortas y menos propensos a ser delincuentes sexuales, que no aparecen en esta información.”

Es decir, ese 48% de “varones identificados como trans” no es real ya que nunca se especificó el género (no se puede saber si eran hombres trans o mujeres trans) y además el Ministerio de Justicia británico no refrendaba la cifra de personas trans reclusas de la encuesta, que podría ser mayor y por tanto reducir dicho porcentaje de la población trans reclusa con penas por delitos sexuales.

El enlace que se muestra como fuente de esta aseveración no contiene información al respecto y la que contiene está a todas luces manipulada. El siguiente texto es de la referencia de la cita anterior pero se identificará igualmente en color ocre:

“Los varones que transicionan son más propensos a la conducta criminal que otros varones. Una investigación en los Estados Unidos muestra que el 21% de varones que han transicionado han sido enviados a prisión por algún motivo, algo que contrasta con el 2,7% de la población americana en general (Grant et al., 2011).”

Traemos el apartado Encarcelaciones del estudio que se menciona (Grant et al., 2011. Página 163 (*11):

“El 7% de los participantes del estudio informaron haber sido arrestados o retenidos en una celda estrictamente debido al sesgo de los agentes de policía sobre la base de la identidad / expresión de género . El 4% de aquellos que no han trabajado en la economía sumergida informaron haber sido arrestados o retenidos en una celda debido a este mismo sesgo.

(...) El 21% de los encuestados transgénero de hombre a mujer informaron haber sido enviados a la cárcel por cualquier motivo , en contraste con el 10% de los encuestados de mujer a hombre.

Estas estadísticas superan a las de la población general de las prisiones, en algunos casos por mucho. Un informe de 2003 del Departamento de Justicia muestra que el 2.7% de la población estadounidense en general ha estado encarcelada en algún momento de la vida. (...) Debido a que los datos del Departamento de Justicia se limitan a las prisiones y no incluyen cárceles, la comparación con nuestros datos no es precisa. ( En general, una cárcel es una instalación administrada por una jurisdicción local para confinar a personas por períodos cortos de tiempo. Una prisión es administrada por el Estado y utilizada para albergar criminales condenados por períodos generalmente más largos.)”

Ninguno de los dos porcentajes refiere a personas encarceladas por delitos sexuales sino por cualquier motivo. El porcentaje más elevado en el caso de las personas trans y de género no conforme viene a explicar el trato discriminatorio que sufren por parte de las fuerzas de seguridad estadounidenses, como también sucede con la población racializada de dicho país (*12).

Queremos acabar con algunos de los párrafos de la Conclusión de dicho estudio:

“Es por el espíritu de las personas transgénero y de género no conforme de todas partes que continúan prosperando y contribuyendo a sus comunidades, a pesar de todas las injusticias que sufren y las barreras para su bienestar que enfrentan, que presentamos este informe con la determinación de que nos hará avanzar como comunidad. También reconocemos que hay muchas, muchas personas que hemos perdido en el camino, que no han podido sobrevivir a la incesante discriminación, acoso y violencia que han encontrado. Podemos honrarlas trabajando para un mundo en el que las personas transgénero y de género no conforme sean libres de vivir sin temer la marginación y el abuso detallados aquí, de manera que respeten el derecho de cada individuo a la autodeterminación y afirmen nuestra humanidad colectiva.”

Ojalá poder terminar aquí, pero las desinformaciones siguen.

6. Deporte femenino.

Todo este apartado sólo se sustenta en afirmaciones sin fuentes salvo la de una entrevista a Sharon Davies en la que tampoco se referencia nada.

Aún así queremos visibilizar que los requisitos que exige el Comité Olímpico a las mujeres trans e intersexuales (muchas de ellas cisgénero), las obliga a disminuir sus niveles de testosterona mediante hormonación para poder competir en el deporte femenino olímpico, requisito que no se les exige a los hombres trans para competir en las secciones masculinas.

No hemos encontrado posicionamientos colectivos de mujeres deportistas en contra de la participación de las mujeres trans en los deportes femeninos (que ya se da en España ya que depende de la voluntad de las distintas federaciones al no haber una norma que la regule a nivel estatal).


7. Uso de baños y vestuarios de mujeres.

“Este tema carecería de importancia si viviésemos en un mundo libre de acoso sexual. Los baños y vestuarios para mujeres en los espacios públicos fueron una conquista del movimiento sufragista que posibilitó la incorporación de las mujeres a la vida pública.”

Efectivamente. Y negarles a las personas trans que usen los baños y vestuarios que les corresponden, las expulsa de la vida pública ya que sólo podrán usar su casa como espacio seguro.

“Existe un género pornográfico consistente en que los hombres ponen cámaras en baños de mujeres para verlas hacer sus necesidades. Hay hombres que se excitan con eso, al igual que otros se excitan fotografiando a las mujeres bajo las faldas en el metro o en escaleras mecánicas. Los fetichistas existen y los acosadores son reales. No es excepcional que algunos hombres fetichistas practiquen también el travestismo.”

Si existe ese género pornográfico es porque ya puede llevarse a cabo sin cambio legislativo mediante. Además, siendo como es nuestra sociedad patriarcal y machista, los hombres fetichistas y/o agresores no han necesitado nunca “disfrazarse” ni hacerse pasar por mujeres para vulnerar la intimidad y la integridad física de las mujeres en los espacios reservados a nosotras.

Además el acoso sexual es un acto criminal independiente del certificado de reconocimiento de género de una persona. Los costos sociales de la transición son tan altos que no se puede suponer que tener acceso a espacios reservados para mujeres sea un incentivo lo suficientemente grande como para solicitar el cambio de género. No hay evidencia alguna que muestre una relación entre la reducción de los requisitos para obtener el reconocimiento de género y un aumento de delitos sexuales, más allá de puro prejuicio.

8. Deshaciendo el comunicado del Partido Feminista y otras desinformaciones sobre menores trans.

Al igual que con los artículos anteriores, se han seleccionado como representativos del sector trans-excluyente, por la asiduidad con la que emplea argumentaciones similares, un comunicado del Partido Feminista de España y un tweet cuyo contenido viene siendo recurrente por parte de su autora, directora desde hace años de la Escuela Feminista Rosario de Acuña , Vicepresidenta del Real Patronato del Museo del Prado y Consejera de Estado.


Es de remarcar la gravedad añadida que implica que el discurso trans-excluyente se haya colado en partidos políticos e instituciones. No debemos olvidar que el Partido Feminista de España ha sido denunciado ante la Fiscalía contra los Delitos de Odio y Discriminación de Barcelona por la Federación Plataforma Trans, y la Escuela Feminista Rosario Acuña ha sido igualmente denunciada por presunto delito de odio por la Generalitat de Catalunya, a cuenta de las jornadas celebradas el pasado Julio de 2019, de las que se enlaza a continuación un pequeño extracto en vídeo y un artículo de Píkara Magazine.

En todo caso, nos remitimos a los siguientes artículos este al objeto de desmontar los infundios vertidos sobre menores trans:


No se puede consentir -mucho menos desde el movimiento feminista- ningún tipo de exclusión, rechazo, desprecio ni discriminación, por causa de su condición a las compañeras trans. Las compañeras trans son mujeres y en tanto sean feministas, sujeto político del movimiento feminista. No hay argumento válido para obstaculizar ninguna Proposición de Ley que trate de mejorar las condiciones de vida de las personas trans, sin olvidar que hablamos de una Proposición de máximos hecha por colectivos trans que aún precisa del oportuno debate parlamentario previo a su aprobación, por lo que las críticas que deban hacerse a la misma, deben ser rigurosas y no basarse en alarmismos no respaldados por ningún tipo de análisis. No se puede permanecer impasible ante el altavoz que algunos medios están ofreciendo a desinformaciones sin contraste alguno que magnifican la ya de por sí sangrante discriminación que sufren las personas trans. Exigimos rigor informativo en el tratamiento de informaciones que afectan a la vida y a la integridad de las compañeras trans en particular y a la sociedad a la que aspiramos las mujeres feministas en general. En España existen desde 2007, leyes autonómicas que ya reconocen algunos de los aspectos que esta Proposición de Ley pretende regular a nivel estatal y en los casi quince años transcurridos desde entonces, no ha sobrevenido el apocalipsis que el sector trans-excluyente predice. Ni sobrevendrá, tal y como queda evidenciado en el presente documento. Asistimos a un auge del fascismo a escala global y no es de recibo que ningún sector del feminismo, por pequeño que sea, lo fortalezca con los bulos y desinformaciones que aquí se desmienten.


*2. Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción. (Artículo 2.2)

*3. Análisis de EAPN España del último Informe sobre Rentas Mínimas de Inserción 2018

*4 ¿Tengo derecho a la RAI?


*5 Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género (122/000191).

*6 Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

*8 Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género (122/000191).

*9 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

*10 Ley de Identidad de Género de Argentina (26.743).

*11
Grant, Jaime M., Lisa A. Mottet, Justin Tanis, Jack Harrison, Jody L. Herman, and Mara Keisling. Injustice at Every Turn: A Report of the National Transgender Discrimination Survey. Washington: National Center for Transgender Equality and National Gay and Lesbian Task Force, 2011.

*12
U.S. Department of Justice, Bureau of Justice Statistics, Prevalence of Imprisonment in the U.S. Population, 1974-2001 by Thomas P. Bonczar (Washington, DC: GPO, 2003).





Documento elaborado por Radfem Transinclusivo.

Noticias

Por ATA - Sylvia Rivera 13 de noviembre de 2025
En un hecho histórico, la LXII Legislatura del Estado de México tipificó el transfeminicidio como delito grave en el Código Penal local, estableciendo penas de 40 a 70 años de prisión y de 700 a 5 mil días de multa para quien prive de la vida a una mujer trans o persona con identidad de género femenina en contexto de discriminación. La reforma, impulsada por le diputade Luisa Esmeralda Navarro Hernández de Morena, crea el Capítulo V Bis denominado “Transfeminicidio” y lo incluye en el catálogo de delitos graves del artículo 9, lo que implica que los imputados no podrán obtener libertad bajo fianza. Al término de la dictaminación, le diputade comentó que con la tipificación de este delito, se hace justicia a todos los compañeros que han sido privados de su vida a lo largo de los años y agradeció la disposición de los diputados para su aprobacion. Dato en México y Edomex De acuerdo a datos de la Red de Personas Trans de México, de 2007 a 2021 se registraron 590 asesinatos de personas trans en todo el país, con un promedio de 53 crímenes anuales. Particularmente grave es la situación en el Estado de México, donde la Comisión Nacional de Derechos Humanos documentó al menos 16 transfeminicidios durante 2020, mientras que en el último año el 94% de las personas LGBT+ asesinadas eran mujeres trans, según organizaciones civiles. Se estima que en la entidad mexiquense, que cuenta con una población de aproximadamente 17 millones de habitantes, residen entre 85 mil y 170 mil personas trans, según proyecciones del INEGI. Sobre la reforma a la ley El nuevo artículo 281 Bis detalla doce circunstancias que acreditan las razones de identidad o expresión de género, entre las que destacan la violencia sexual, mutilaciones, antecedentes de violencia en cualquier ámbito, relaciones de parentesco o confianza, y la exposición del cuerpo o la difusión del crimen mediante tecnologías de la información, un tipo de violencia digital que hasta ahora no estaba especificada en la legislación penal. La ley establece que cuando el delito sea cometido por personas con relaciones de parentesco o confianza con la víctima, el sentenciado perderá todos los derechos civiles y familiares, incluidos los sucesorios. Además, se contemplan agravantes específicos: la pena aumentará hasta en un tercio cuando la víctima sea menor de edad o cuando el responsable sea servidor público y se haya valido de esta condición. El marco legal aprobado especifica que si no se logra acreditar el transfeminicidio, se aplicarán las reglas del delito de feminicidio o de homicidio, según corresponda, garantizando que ningún caso quede impune. Tras su dictaminación, la iniciativa pasará al Pleno de la Cámara para su votación por los 75 diputados que conforman la legislatura y posteriormente enviada al Ejecutivo para su publicación. https://oem.com.mx/elsoldetoluca
Por ATA - Sylvia Rivera 13 de noviembre de 2025
Nuevos datos globales del Monitoreo de Asesinatos de Personas Trans 2025 (TMM) de TGEU revelan un cambio alarmante: un número creciente de víctimas de asesinato son líderes y activistas del movimiento trans. Durante el último año, los activistas trans representaron el 14% de los asesinatos denunciados y constituyen el segundo grupo más atacado a nivel mundial, después de las trabajadoras sexuales. El aumento interanual de asesinatos de activistas trans demuestra que se trata de un intento por silenciar a quienes luchan por los derechos de las personas trans en todo el mundo. Para conmemorar el inicio de la Semana de la Concienciación Trans 2025, que culmina con el Día Internacional de la Memoria Trans el 20 de noviembre, TGEU (Trans Europe and Central Asia) publica la actualización anual de su proyecto global de Monitoreo de Asesinatos de Personas Trans. Este proyecto de investigación documenta los asesinatos de personas trans y de género diverso en todo el mundo desde 2009. Hallazgos clave Se informó del asesinato de 281 personas trans y de género diverso entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025. Desde 2009, el sistema de vigilancia de la TGEU ha registrado 5322 asesinatos en todo el mundo. Las trabajadoras sexuales (34%) siguen siendo el grupo más atacado de todas las ocupaciones conocidas. Se observa un notable aumento en los asesinatos de activistas y líderes de movimientos , quienes constituyen el segundo grupo más atacado por ocupación este año, representando el 14% de los casos (frente al 9% en 2024 y el 6% en 2023). Al igual que en años anteriores, el 90% de los asesinatos denunciados fueron feminicidios (las víctimas eran mujeres trans o personas transfemeninas). El 88% de las víctimas eran personas trans negras, una disminución del 5% con respecto al máximo histórico del año pasado (93%). Distribución por edad: el 24% de las víctimas de asesinato tenían entre 19 y 25 años, el 25% entre 26 y 30 años, el 26% entre 31 y 40 años y el 5% eran menores de 18 años. El 68% de los homicidios ocurrieron en América Latina y el Caribe; Brasil encabeza la lista por decimoctavo año consecutivo con el 30% del total de casos. Se han notificado cinco casos en Europa, frente a los ocho de 2024. En Estados Unidos se reportaron 31 casos, una disminución con respecto a los 41 de 2024. El 44% de los asesinatos denunciados fueron tiroteos. El 25% de los asesinatos ocurrieron en la calle y el 22% en el propio domicilio de la víctima. Como en años anteriores, las mujeres negras y trans, así como las trabajadoras sexuales trans, están sobrerrepresentadas entre las víctimas de homicidio, siendo las trabajadoras sexuales (34%) el grupo ocupacional más atacado. Esto pone de manifiesto cómo la misoginia, el racismo, la xenofobia y la estigmatización de las trabajadoras sexuales se entrelazan de forma letal. “En los últimos dos años, los asesinatos de activistas y líderes del movimiento trans se han duplicado”, dijo Deekshitha Ganesan, Gerente de Políticas de TGEU. “Este aumento de la violencia es un intento deliberado de silenciar a quienes defienden la libertad y la igualdad. Estos asesinatos son la consecuencia más extrema del discurso político que deshumaniza a las personas trans. Los gobiernos deben actuar ya para proteger a las personas defensoras de los derechos humanos trans y garantizar que las comunidades trans puedan vivir y organizarse con seguridad.” “Cada activista asesinado representa a una comunidad silenciada ”, dijo Freya Watkins, investigadora principal de TGEU. “Los gobiernos y las instituciones deben apoyar a la sociedad civil, armonizar las leyes contra los delitos de odio y despenalizar el trabajo sexual para detener esta violencia.” Otras tendencias Un total de 281 personas trans y de género diverso fueron asesinadas desde la última actualización de 2024 , una disminución con respecto a los 350 casos del año anterior. Sin embargo, esta disminución no necesariamente indica mayor seguridad. Probablemente refleja la creciente invisibilidad de estos asesinatos en la cobertura mediática , una tendencia que puede estar influenciada por cambios en los algoritmos de los motores de búsqueda y las redes sociales, o por el desinterés generalizado de los medios, lo que dificulta la identificación y verificación de los asesinatos. “Desde 2020, he notado una disminución en este tipo de noticias, lo que puede deberse a la invisibilidad de estos incidentes o al aumento de la falta de denuncia”, dijo Sayonara Nogueira, del Observatorio Trans & Rede Trans Brasil, uno de los socios de investigación del TGEU. “No es posible afirmar que la información y los resultados aquí presentados representen todos los homicidios y actos de violencia contra las personas trans, debido a las limitaciones durante el monitoreo y la falta de datos gubernamentales.” Debido a que muchos asesinatos se denuncian erróneamente o se omiten, a menudo por errores de género, estigma o información errónea en los medios de comunicación, es probable que el número real de asesinatos sea mucho mayor. Al mismo tiempo, se intensifica el clima general de violencia contra las comunidades trans. La hostilidad antitrans auspiciada por el Estado legitima la violencia y debilita la protección de los derechos humanos, dejando a las personas trans cada vez más desprotegidas y expuestas . Este año, Asia fue la única región del mundo donde los casos aumentaron en comparación con 2024 , con un total de 51 casos, la cifra más alta registrada en la región, lo que representa el 18 % del total mundial. Pakistán registró el mayor número de homicidios en Asia en 2025, superando a India. En cuanto al número total de casos, Pakistán ocupa ahora el séptimo lugar a nivel mundial, siendo el segundo país asiático con mayor número de casos después de India. Mientras tanto, los datos sugieren que la mayoría de las regiones experimentan una tendencia a la baja en los asesinatos denunciados contra personas trans. América Latina y el Caribe siguen concentrando la gran mayoría de los casos, con Brasil, México, Colombia y Venezuela registrando las cifras más altas de la región. Sin embargo, el número registrado en 2025 fue inferior a 200, la primera vez que el total cae por debajo de este umbral en los últimos 15 años. Los casos en Norteamérica han vuelto a los niveles prepandémicos , tras alcanzar un máximo histórico en los últimos cuatro años. En Europa, el número de homicidios de este año (5) es el más bajo registrado desde que comenzó el seguimiento de casos en 2009. Antecedentes y recomendaciones El alarmante número de asesinatos de activistas trans pone de manifiesto la dura realidad de la reducción de los espacios democráticos, donde los líderes de movimientos sociales son cada vez más atacados, perseguidos por su identidad y por su labor en defensa de la igualdad y los derechos humanos. Muchas organizaciones de la sociedad civil y líderes de movimientos sociales operan en entornos hostiles, sin apoyo o sufriendo persecución por parte de sus propios gobiernos. TGEU recomienda que los gobiernos e instituciones: Apoyar a las personas defensoras de los derechos humanos de las personas trans y a las organizaciones de la sociedad civil aliviando las presiones financieras, garantizando su seguridad y permitiéndoles seguir organizándose y defendiendo sus derechos sin temor. Armonizar y adoptar legislación contra los delitos de odio y la discriminación que proteja explícitamente a las personas trans y desarrollar un entendimiento común de lo que constituye un discurso de odio ilegal. Brindar capacitación a los profesionales para que respondan adecuadamente a la violencia antitrans, en particular a quienes enfrentan formas interseccionales de discriminación, como las mujeres trans negras y las trabajadoras sexuales. Despenalizar el trabajo sexual y garantizar la protección laboral de las personas trans y de género diverso. Un nuevo sitio web para TMM Este año, TGEU ha lanzado un nuevo sitio web de seguimiento de asesinatos de personas trans, utilizando Uwazi , una plataforma para la gestión de datos sobre violaciones de derechos humanos. El nuevo sitio web incluye un mapa actualizado con casos geolocalizados, visualizaciones de los datos históricos e información detallada sobre los asesinatos individuales denunciados a TGEU desde que el proyecto comenzó en 2009. Fogonadura Red de transporte Uganda (Uganda) Asociación de Derechos Humanos Cozumel Trans (Honduras) Asociación Silueta X (Ecuador) Asociación Unidad (Togo) Caribe afirmativo (Colombia) Centro de Apoyo a las Identidades Trans (México) ESPERANZA: Solo tenga expectativas positivas (Pakistán) Jaringan Transgénero Indonesia (Indonesia) Jinsiangu (Kenia) Red Trans LakanBini (Filipinas) Mawjoudin (Túnez) Observatorio de violaciones a derechos humanos de personas LGTBIQ+ en Nicaragua (Nicaragua) OTRANS Guatemala (Guatemala) Qorras (Líbano) Arte y acción queer (India) Rede Trans Brasil (Brasil) Las vidas trans importan (Reino Unido) Nota sobre el término feminicidio TMM utiliza el término feminicidio en lugar de femicidio, ya que refleja mejor las causas estructurales y políticas de la violencia contra las mujeres y las niñas. Acuñado por Marcela Lagarde en América Latina, el término destaca la responsabilidad del Estado y las fallas sistémicas en materia de prevención, protección y rendición de cuentas que permiten tales asesinatos. Más información Mapa enero de 2008 – septiembre de 2025 Detalles del caso: enero de 2008 – septiembre de 2025 Tabla oct. 2024 – sep. 2025 (pdf) Lista de nombres octubre 2024 – septiembre 2025 (pdf) https://tgeu.org
Por ATA - Sylvia Rivera 12 de noviembre de 2025
Dos noches de elegancia, emoción y orgullo han coronado a Zayoha Ferrer Florez, una esteticista bilbaina de 33 años, como nueva Miss Trans Europa 2025. El certamen se celebró en el Teatro Troisi de Nápoles y reunió a candidatas de toda Europa en un evento que mezcló belleza, arte y reivindicación social. La gala, ideada y dirigida por la actriz e influencer Stefania Zambrano, icono del movimiento LGBTQ+ italiano, cautivó al público con un espectáculo vibrante donde el talento y la diversidad fueron protagonistas. A través de una publicación en su cuenta de Instagram, Zayoha Ferrer compartió cómo vivió la experiencia. “Participar en Miss Trans Europa ha sido una experiencia que me cambió por completo. Aunque era la única que no dominaba el idioma, me sentí acogida y abrazada por todas las participantes, el equipo de la organización y el público.” Además, en su mensaje, la bilbaina relató que el certamen le enseñó a confiar más en sí misma y a centrarse en lo importante. “Aprendí a no dejarme llevar por las emociones del momento, a entender que no siempre la suerte juega a nuestro favor, y que debemos crear nuestros propios momentos”, explica. Instantes de emoción y lágrimas Cuando la coronaron como ganadora, Zayoha sintió una mezcla de sorpresa, emoción y lágrimas. "Reviví todo lo que pasé para llegar allí y solo podía sentir gratitud: hacia mi disciplina, mi familia y todas las personas que me apoyaron”, narra en su post en redes sociales. Además, la bilbaina revela que decidió donar parte del premio a una compañera que necesitaba una cirugía. “Cuando supe que mi compañera Ginevra necesitaba esa cirugía, lo sentí en el corazón. Compartir ese premio fue mi forma de honrar el verdadero sentido del reinado: la solidaridad.” https://www.deia.eus
Por ATA - Sylvia Rivera 11 de noviembre de 2025
Las fuentes dicen que el Comité Olímpico Internacional pronto concederá los deseos transfóbicos del presidente Donald Trump. El Comité Olímpico Internacional (COI) probablemente implementará una prohibición general que impida a las atletas trans competir en competencias femeninas para los Juegos Olímpicos de Verano de Los Ángeles 2028. La mayoría de los organismos deportivos internacionales ya han prohibido a las mujeres trans. La prohibición del COI cumpliría con el deseo del presidente Donald Trump de prohibir la participación del evento a todos los atletas trans. Es probable que el COI ponga en vigor una prohibición en los próximos seis a 12 meses, dijeron varias fuentes, cumpliendo con la promesa de campaña de la nueva presidenta del COI, Kirsty Coventry, de hacerlo. Trump se nombró a sí mismo presidente de un grupo de trabajo de la Casa Blanca sobre los Juegos Olímpicos de Verano de 2028 en agosto y dijo: “Estados Unidos no permitirá que los hombres roben trofeos a las mujeres en los Juegos Olímpicos de 2028”. Solo un puñado de atletas trans y no binarios han competido en deportes olímpicos femeninos, y ninguno de ellos ha ganado medallas, a pesar de que se les permitió participar (y a pesar de las mentiras de Trump que afirman lo contrario). La política actual del COI permite que las atletas trans compitan si cumplen con los criterios de clasificación establecidos por los órganos rectores de sus deportes y si sus niveles de testosterona se mantienen por debajo de un cierto umbral. Sin embargo, la probable prohibición del COI ha recibido críticas internas sobre si también excluiría a los atletas que fueron asignados mujeres al nacer pero que tienen cromosomas masculinos y niveles de testosterona masculinos, como el medallista olímpico sudafricano, el velocista Caster Semenya. Los conocedores del COI dijeron que esperan que una prohibición impida que cualquier atleta que haya pasado por la pubertad masculina pueda competir en eventos femeninos. La inminente posibilidad de una prohibición en los deportes a las personas trans por parte del COI surgió en parte debido a una presentación reciente realizada por la directora de salud, medicina y ciencia del COI, la Dra. Jane Thornton. Según se informa, su presentación incluyó una revisión científica de la evidencia que muestra ventajas físicas permanentes para las personas asignadas como varones al nacer y mencionó el uso de una prueba genética con hisopo en la mejilla para determinar el sexo biológico de los atletas. Trump dijo que quería reintroducir las pruebas de sexo en los Juegos Olímpicos de 2028, que utilizarían exámenes físicos/médicos y pruebas cromosómicas para “probar” el sexo biológico de los atletas. Esta práctica se suspendió en el año 2000 después de décadas de implementación problemática. “Lo que hará una política (de pruebas de género del COI) es causar estragos en las mujeres intersexuales que no habrán tenido idea de que eran intersexuales hasta que se vean obligadas a someterse a una prueba de ADN invasiva”, escribió la abogada trans de derechos civiles Alejandra Caraballo a través de Bluesky. “Serán descalificados y sus vidas cambiarán por completo. Los atletas se han suicidado por esto”. “Dado que los Juegos Olímpicos se celebran en Los Ángeles, esta política violaría la ley estatal de derechos civiles y espero que los atletas trans e intersexuales desafíen dicha política”, añadió Caraballo. En febrero, Trump firmó una orden ejecutiva que prohíbe a las atletas trans participar en deportes escolares. La orden también prometía presionar al COI para que prohibiera a los atletas trans. Su orden pedía explícitamente a numerosos órganos rectores del deporte que aprobaran políticas que prohibieran a las mujeres trans competir junto a mujeres cis. Al firmar su orden ejecutiva, Trump también ordenó a la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, que negara visas a “hombres que intenten ingresar fraudulentamente a Estados Unidos mientras se identifican como mujeres atletas”. Con este fin, el secretario de Estado Marco Rubio ha amenazado con prohibir permanentemente a cualquier atleta trans extranjero que intente ingresar a Estados Unidos en virtud de una ley de 1952 que castiga a las personas que tergiversan fraudulentamente sus identidades para ingresar al país. Como resultado, cualquier atleta trans nacido en el extranjero que hubiera competido en los Juegos Olímpicos o cualquier otra competencia deportiva internacional celebrada en los EE. UU. corría el riesgo de que se le revocaran las visas y se le prohibiera permanentemente el ingreso a los Estados Unidos, incluso si las leyes de sus países de origen les permitieran cambiar el género que figura en sus certificados de nacimiento y otros documentos de identificación emitidos por el gobierno. https://www.sentidog.com
Por ATA - Sylvia Rivera 10 de noviembre de 2025
La comunidad LGBTIQ+ en México se encuentra de luto tras el lamentable fallecimiento de Hannah Fernanda Cervantes, una joven activista trans. Su muerte, ocurrida el pasado 4 de noviembre ha conmocionado a sus compañeros de lucha y a la esfera política, especialmente tras la difusión de una carta de despedida que revela una profunda tristeza y agotamiento. ¿Quién fue Hannah Fernanda Cervantes? Hannah Fernanda se destacó como una figura clave en el activismo social y político en el estado de Puebla, dedicando al menos cinco años de su vida a la defensa de los derechos de la diversidad sexual y de las mujeres. Su compromiso social era innegable, utilizando diversas plataformas para denunciar la exclusión que enfrentan las personas queer en ámbitos cruciales como el laboral, educativo y de salud. Egresada de la Licenciatura en Administración Pública y Gestión para el Desarrollo en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), Hannah Fernanda fue reconocida como la primera mujer trans en culminar dicha carrera en su unidad académica. En el ámbito político, formó parte activa del partido Morena, logrando un hito histórico al convertirse en la primera mujer trans en inscribirse al proceso de dirigencia del Consejo Ejecutivo Estatal en 2023. Además, participó como candidata a regidora por San Andrés Cholula, Puebla, con el objetivo claro de llevar la representación de su comunidad a un puesto de elección popular. Recientemente, laboraba en la Dirección de Diversidad de la Secretaría de Gobernación de Puebla, impulsando políticas de inclusión.
Por ATA - Sylvia Rivera 7 de noviembre de 2025
La agenda de Donald Trump contra lo que él ha denominado la “locura transgénero” recibió un espaldarazo de la Corte Suprema de mayoría conservadora, que ahora le permitirá revertir los marcadores de sexo de los pasaportes, al menos hasta que un tribunal federal decida sobre una demanda al respecto. La decisión implica que las personas trans perderán la opción que tenían desde principios de los 90 de escoger el género que se alinea con su identidad, y las no binarias ya no tendrán la opción X, introducida en 2021 durante la administración de Joe Biden. No es la primera vez que los seis jueces conservadores apoyan propuestas de Trump en contra del colectivo trans. Fallaron a favor de prohibir que las personas trans sirvan en el ejército, avalaron una decisión de Tennessee de prohibir las terapias de afirmación de género para menores de edad y están por revisar demandas sobre la participación de atletas trans en el deporte femenino, que ya fue vetada por Trump en programas que reciben fondos federales. La decisión fue celebrada por la Casa Blanca, que en palabras de la portavoz Anna Kelly, la consideró "una victoria para el sentido común y el presidente Trump, quien fue elegido rotundamente para eliminar la ideología de género woke de nuestro gobierno federal". La fiscal general Pam Bondi se unió a la celebración, asegurando que los abogados del Departamento de Justicia seguirían luchando para demostrar la “simple verdad” de que solo existen dos sexos. El origen de la demanda Los demandantes que se opusieron a la eliminación de los marcadores de sexo argumentaron que esta medida dejaba a las personas trans y no binarias expuestas al acoso y la violencia. Varias de ellas reportaran haber sido desnudadas, agredidas sexualmente y acusadas de presentar documentos falsos en controles de aeropuertos, en casos en los que su apariencia era diferente al género reflejado en el pasaporte. "Obligar a las personas trans a llevar pasaportes que los exponen en contra de su voluntad aumenta el riesgo de que enfrenten acoso y violencia", denunció Jon Davidson, abogado principal del Proyecto LGBTQ y VIH de la Unión Estadounidense de Libertades Civiles (ACLU). Una jueza de distrito de Massachusetts, Julia Kobick, dio la razón a los demandantes en junio, y ordenó que quienes no disponían de un pasaporte válido tuvieran la opción de tramitarlo de acuerdo con su identidad de género. Una corte de apelaciones mantuvo la decisión de Kobick, luego de que la administración de Trump presentara un recurso. Entonces el procurador D. John Sauer elevó la petición a la Corte Suprema, argumentado que decisiones anteriores de esta instancia validaban la opinión de Trump, en el sentido de que la política de Biden era inexacta. ¿Política exterior o ámbito personal? La decisión de los jueces conservadores a favor de la medida de Trump se basó en el argumento de que la medida cautelar de la corte de Massachusetts vulneraba el alcance de la autoridad federal en materia de asuntos exteriores, porque la emisión de pasaportes se enmarca dentro de este ámbito. En su exposición de disenso, las tres juezas liberales del máximo tribunal del país lamentaron que "esta Corte ha allanado una vez más el camino para la imposición inmediata de lesiones sin una justificación adecuada”. También aseguraron que la mayoría conservadora no logró demostrar cómo los documentos de identificación individuales afectan la política exterior de la nación. "Este es un revés desgarrador para la libertad de todas las personas de ser ellas mismas, y combustible para el fuego que la administración Trump está avivando contra las personas trans y sus derechos constitucionales", lamentó el abogado de la ACLU, Jon Davidson. La decisión implica que los pasaportes seguirán emitiéndose de acuerdo con los criterios binarios impuestos por Trump hasta que el tribunal de distrito se pronuncie sobre el fondo de la materia. https://www.france24.com
Por ATA - Sylvia Rivera 6 de noviembre de 2025
El Miss Universo es uno de los certámenes de belleza más reconocidos a nivel mundial. Cada año, millones de personas en todo el planeta centran su atención en las participantes y en quién será coronada como la mujer más bella del universo. En esta edición, uno de los acontecimientos más destacados es la participación de Huong Giang, representante de Vietnam, quien hace historia al convertirse en la primera mujer trans de Asia en competir en el certamen internacional. Huong Giang es una reconocida figura del entretenimiento en su país. Saltó a la fama tras participar en el programa Vietnam Idol 2012, y desde entonces ha desarrollado una exitosa carrera como cantante, actriz, presentadora y productora. Además, fue jueza y productora de Miss International Queen Vietnam, un concurso de belleza dirigido a mujeres trans, desde donde ha impulsado la visibilidad y el empoderamiento de la comunidad LGBTQ+. Huong Giang encabeza la transformación inclusiva de Miss Universo 2025 Con los recientes cambios en las reglas de Miss Universo, que permiten la participación de mujeres trans, casadas, madres y sin límite de edad, Huong Giang representa una nueva era de inclusión y diversidad dentro del certamen. Su presencia en el escenario no solo simboliza un avance para Vietnam, sino también un mensaje global de respeto y aceptación. https://www.laestrella.com
Por ATA - Sylvia Rivera 5 de noviembre de 2025
La película ‘Miss Carbón’, dirigida por Agustina Macri, cuenta su historia. La mina de Río Turbio, ubicada en la provincia de Santa Cruz, en la Patagonia argentina, es una de las principales explotaciones de carbón mineral del país. Desde su apertura en la década de los cuarenta se convirtió en el eje económico de la región. Eso sí, era un espacio reservado a los hombres. Cuenta una leyenda local que una mujer entró una vez en la mina para buscar a su marido, hubo un derrumbe y ya nunca salió. A la desgraciada se la empezó a conocer como la ‘viuda negra’ y se creía que su alma vagaba por el interior del yacimiento. Una combinación de machismo y superstición impidió durante ochenta años a las mujeres bajar a la mina de Río Turbio. Solo podían hacerlo un día al año, el 4 de diciembre, día de Santa Bárbara, patrona de los mineros. Fue así hasta que Carla Antonella Rodríguez llegó para removerlo todo. Carlita, como es conocida, se convirtió en la primera mujer en trabajar dentro de la cantera. Cuando a los 18 años respondió a un anuncio para encontrar mineros, en su DNI todavía figuraba el nombre de Carlos, aunque todo el pueblo la llamaba Carlita y ella ya había empezado a hormonarse. En 2015, tres años después de que en Argentina se aprobase una ley que reconocía el derecho de las personas a ser identificadas en su DNI conforme a su identidad de género autopercibida, se operó y modificó el nombre y sexo de sus documentos. Fue entonces cuando Carla Antonella Rodríguez recibió una llamada del departamento de recursos humanos de su empresa para comunicarle que a partir de ese momento pasaba a tener un puesto administrativo. Ella se rebeló. La película Miss Carbón, dirigida por Agustina Macri, narra con sensibilidad la lucha de Carlita por seguir siendo lo que siempre había querido ser: minera. La película, cuenta su protagonista, plantea “diferentes preguntas que nos van a hacer repensar cómo actuamos, cómo vivimos y cómo de injusto puede llegar a ser el mundo laboral con las disidencias y la diversidad”. Carlita ha estado presente durante el proceso creativo y el rodaje de Miss Carbón, y trabajó muy de cerca con Lux Pascal, la actriz que la interpreta. “Es una persona magnífica, generosa, que te llena de amor. Pude trasmitirle todo lo que me pasó, el rechazo que sentí, los insultos, las agresiones. Hizo un gran trabajo para ponerse en mi piel”. La actriz chilena, una mujer trans que salió del armario en 2021 y se ha convertido en un referente para esta comunidad a nivel global, ha contado públicamente que ha recibido comentarios transfóbicos, aunque seguramente nada al nivel de lo que vivió Carla Rodríguez. “Pensé en desistir muchísimas veces”, asegura. “He cargado sobre mis hombros tanta lucha, tanta desigualdad. Cuando te dicen que no puedes estar ahí, que como ya eres mujer y tu DNI dice que eres mujer, no sirves para el yacimiento y, además, sufres el rechazo de tus compañeras, es muy duro”. La dignidad que durante años muchos otros le negaron se convirtió en el motor para seguir exigiendo lo que consideraba su derecho, incluso cuando la violencia sistemática y las exclusiones burocráticas la empujaban a rendirse. “Somos una empresa intervenida por el Estado Nacional, y no se concebía que un Estado que promulgaba leyes de igualdad y desarrollo cometiera actos tan discriminatorios contra las mujeres”, explica. “Fue muy duro pasar por todo el proceso, pero estoy agradecida, porque la minería cambia vidas, da dignidad, trabajo y nos impulsa a superamos día a día”. “Las personas trans podemos generar políticas públicas para acompañar a la población más vulnerable” Para la directora, la historia tenía todos los ingredientes que busca en un relato. “Es una historia real de una mujer fuerte, en un espacio visualmente muy potente”. Pero, sobre todo, era genuina. “Parece que está muy de moda contar historias trans, pero uno se da cuenta cuando se hace de manera forzada. En este caso todo fue orgánico y natural”. Que la cinta reflejara lo importante que para Carlita era el sueño de ser minera ha sido, explica Agustina Macri, uno de sus principales quebraderos de cabeza. “Me generaba mucha emoción y me inspiraba artísticamente, aunque era algo difícil de trasladar. Hablé mucho con ella para entender qué sentía, en qué momento nació ese deseo. Así apareció la idea de su vínculo onírico con Santa Bárbara. Le daba una capa más de fantasía a la película, como un abrazo, para que no todo fuera tan duro”. Después de catorce años en la mina, Carlita sigue soñando. Sueña con un mundo menos hostil, más justo. Otras diez mujeres, trabajan hoy junto a ella bajo tierra gracias a políticas públicas que ayudó a impulsar. “Estoy feliz por todo lo que he conseguido, no tanto por mí, sino para el resto de las compañeras que han podido ser mineras. Vivimos un momento de retroceso global. Como sociedad tenemos que repensar cómo actuamos, ser un poco más humanos y que nos importe la vida de la persona que está a nuestro lado”. Ella, asegura, seguirá trabajando para ello. “Espero seguir generando oportunidades. Creo que las personas trans podemos generar políticas públicas para acompañar a la población más vulnerable. Me veo en un futuro peleando, luchando como siempre he hecho”. Aunque el carbón manche sus manos, Carlita seguirá brillando. https://www.mujeresaseguir.com
Por ATA - Sylvia Rivera 4 de noviembre de 2025
El Consejo de Europa ha emitido un mensaje claro y contundente a España: a pesar de los avances legislativos, el país debe «intensificar sus esfuerzos» para garantizar en la práctica los derechos de las personas trans e intersexuales. El informe de la Comisión contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) de este organismo europeo alerta sobre la desigualdad territorial en el acceso a la atención médica y el alarmante crecimiento de los discursos de odio. España ostenta un buen puesto en los rankings de protección legal LGTBIQ+ a nivel continental, pero las leyes de papel deben traducirse en realidades tangibles y uniformes para toda la ciudadanía. Sanidad Trans: Una Carrera de Obstáculos Desigual El principal foco de preocupación del Consejo de Europa es el acceso a la atención médica de afirmación de género para las personas trans. Si bien la Ley Trans (4/2023) garantiza la asistencia sanitaria en todo el Estado, la ECRI advierte que el acceso es desigual, lento y, en muchos casos, inaccesible dependiendo de la comunidad autónoma. Desigualdad Territorial: La implementación de los protocolos de atención sanitaria se ve afectada por los gobiernos regionales. En comunidades con administraciones conservadoras, se observan bloqueos o vaciados de contenido en los protocolos y la eliminación de programas de sensibilización. Vulneración de Derechos: La lentitud en los diagnósticos, la escasez de personal sanitario formado y la patologización encubierta en hospitales públicos persisten, vulnerando derechos humanos básicos. El Consejo de Europa urge a España a actuar para que los tratamientos necesarios sean accesibles de «forma segura, asequible y oportuna». No se trata de un «capricho burocrático», sino de un asunto fundamental de salud y dignidad. La Deuda Pendiente con las Personas Intersexuales El informe de la ECRI dedica un espacio especial a las personas intersexuales, un colectivo históricamente invisibilizado y silenciado. El Consejo de Europa exige al Estado español proteger los derechos de estas personas y adoptar medidas preventivas y correctivas a nivel nacional para terminar con cualquier forma de segregación de facto. La protección de la integridad corporal y la lucha contra la discriminación por características sexuales son pilares esenciales. Alerta por el Auge del Discurso de Odio Finalmente, el Consejo de Europa no ignora el contexto social y político, alertando sobre el crecimiento del discurso de odio en España. Estos discursos no son meras opiniones; son la antesala de agresiones, discriminación y violencia en la vida cotidiana. Es fundamental que las autoridades tomen medidas efectivas y doten de recursos suficientes a las iniciativas contra la intolerancia para proteger a los grupos en situación de vulnerabilidad. El informe de la ECRI es un recordatorio de que la lucha por la igualdad real no termina con una ley. Exige vigilancia constante, recursos presupuestarios adecuados y el compromiso ineludible de todos los niveles de gobierno para que la dignidad y los derechos de las personas trans e intersexuales sean una realidad sin fisuras en cada rincón de España. https://www.togayther.es
Por ATA - Sylvia Rivera 3 de noviembre de 2025
En un desarrollo polémico en el ámbito de los derechos de las personas trans, se ha estipulado que aquellos individuos que busquen acceder a cirugías de transición de género deberán demostrar que son incapaces de tener hijos. Esta medida ha suscitado críticas contundentes y ha sido calificada como “esterilización forzada”, lo que ha encendido un intenso debate sobre el respeto y la autonomía de las personas trans en el contexto de su salud y bienestar. Desde el 2 de noviembre de 2025, este requisito plantea serias cuestiones éticas y prácticas. La necesidad de presentar pruebas de infertilidad como condición para recibir atención médica esencial ha llevado a muchos a cuestionar las implicaciones de una política que parece negar el derecho de las personas a tomar decisiones sobre su propio cuerpo. Los defensores de los derechos humanos argumentan que esta medida podría obligar a las personas trans a someterse a procedimientos médicos innecesarios y no deseados, rompiendo así con su autonomía personal. La situación repercute en numerosas comunidades, generando preocupación entre activistas y organizaciones que defienden la igualdad de derechos. Las repercusiones de esta nueva normativa no se limitan a la esfera médica; también tocan aspectos de la vida privada y la libertad reproductiva de un grupo ya vulnerable. En un momento donde la lucha por la igualdad y la dignidad debería avanzar, este tipo de legislación retrocede, generando serias dudas sobre la dirección que están tomando las políticas públicas en torno a la diversidad de género. Mientras se vislumbran debates en foros internacionales, la voz de las personas trans se hace más necesaria que nunca. La esperanza radica en que, en medio de esta controversia, se logre fomentar un diálogo constructivo que priorice el respeto proactivo y la comprensión hacia las necesidades de todos los ciudadanos. La lucha por el reconocimiento de los derechos de las personas trans debe continuar, ya que cualquier inhibición sobre su capacidad de decidir sobre sus cuerpos no solo afecta a individuos, sino a toda la sociedad, que debe reflejar sus valores más fundamentales de inclusión y aceptación. A medida que la controversia sigue ganando atención, es claro que se necesita un enfoque integral que reconozca los derechos y el bienestar de todas las personas, independientemente de su identidad de género. La urgencia por adoptar medidas que protejan y promuevan la igualdad se siente más intensa que nunca, y es de esperar que este diálogo finalmente conduzca a un cambio positivo en las políticas que afectan a una de las comunidades más vulnerables de nuestro tiempo. https://columnadigital.com